Al todas las personas que realizan venta ambulante —es decir, aquellas que ofrecen productos en la vía pública sin contar con un local fijo— dentro del municipio de Tolhuin .
La Ordenanza N.º 359/13 del Municipio de Tolhuin regula la actividad de los vendedores ambulantes dentro de la ciudad. Esta norma se aplica a todas aquellas personas que realicen ventas en la vía pública sin contar con un local fijo. Para poder ejercer esta actividad, los vendedores deben contar con una habilitación municipal, que establece las condiciones, lugares y horarios en los que pueden trabajar.
La ordenanza busca organizar el espacio público y asegurar que la actividad se desarrolle de manera ordenada, cuidando la higiene, el tránsito y la convivencia con otros vecinos y comerciantes. Además, los vendedores deben cumplir con normas básicas de limpieza y seguridad, y están sujetos a controles por parte del municipio. En caso de infracciones, se contemplan sanciones como multas o el retiro de la autorización.